
Ayudas individuales para personas con dicapacidad y personas en situación de dependencia
El 19 de mayo de 2009, se publicó la ORDEN del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se convocan ayudas individuales para personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, para el ejercicio 2009
Requisitos:
a.1) Si se solicita como persona con discapacidad se ha de acreditar un grado total de minusvalía igual o superior al 33 por 100, reconocido de conformidad con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
a.2) Si se solicita como persona en situación de dependencia se ha de tener reconocido un Grado III (gran dependencia) o II (dependencia severa), niveles 1 ó 2, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y sus disposiciones de desarrollo.
b) Precisar las ayudas solicitadas, las cuales deberán estar relacionadas directamente con la discapacidad o dependencia que les afecte.
c) Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la presentación de la solicitud. Cuando el beneficiario sea menor o incapacitado legalmente, la persona que actúa en su nombre, en el ejercicio de la patria potestad o tutela, deberá tener igualmente residencia en la Comunidad Autónoma.
d) No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas.
e) No hallarse incurso en alguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
f) Cumplir las condiciones específicas de acceso exigidas para cada tipo de ayuda que se establecen en esta Orden.
Tipología de las ayudas
1.—Transporte para rehabilitación y asistencia especializada: Hasta 63 euros mensuales.
2.—Ayudas para movilidad y comunicación:
2.1. Obtención del permiso de conducir: Hasta 500 euros.
2.2. Adquisición de vehículo a motor: Hasta 2.200 euros.
2.3. Adaptación de vehículo a motor: Hasta 1.868 euros.
3. Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional del hogar:
3.1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado (1 por vivienda): Hasta 1.800 euros.
3.2. Adaptación de habitaciones para que sean accesibles (máximo 2 habitaciones por vivienda): Hasta 600 euros por habitación.
3.3. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros.
3.4. Colocación de pasamanos o barandilla: Hasta 300 euros.
3.5. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros.
3.6. Colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros.
3.7. Adaptación de cocina y mobiliario adaptado: Hasta 1.500 euros.
3.8. Ascensor o plataforma salva-escaleras para vivienda habitual: Hasta 6.000 euros.
4.—Ayudas técnicas para
4.1. Grúa con arnés: Hasta 1.000 euros
4.2 Somier articulado: Hasta 500 euros.
4.3 Colchón anti-escaras: Hasta 300 euros.
5.—Ayudas para desenvolvimiento personal y la potenciación de las relaciones con el entorno:
5.1. Adquisición de un par de gafas o de lentillas no desechables: Hasta 350 euros.
5.2. Audífonos: Hasta 1.000 euros por unidad.
5.3. Procesador de palabras o «mobil speak»: Hasta 2.000 euros.
5.4. Ordenador personal (sólo podrán ser solicitados por personas con deficiencias motrices o sensoriales o con problemas específicos de comunicación): Hasta 400 euros.
5.5 Pañales: Hasta 500 euros
6. Otras Ayudas hasta 350 euros
Las cuantías señaladas indican el importe máximo a conceder por cada concepto o modalidad. La cuantía real resultante vendrá fijada por aplicación de los criterios contenidos en el ANEXO I
Enlace al IASS donde podrás encontrar esta información y los impresos para solicitar las ayudas
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